Donación de inmuebles en México: impuestos, requisitos y pasos (2026)

Última actualización: 2026-10-26 · Información verificada a octubre de 2026

Donar un inmueble es transmitir gratuitamente su propiedad en vida. Es el caso típico de los padres que pasan la casa a un hijo o de una persona que pone un departamento a nombre de su cónyuge. La donación de inmuebles se formaliza en escritura ante notario y se inscribe en el Registro Público. Tiene dos efectos fiscales distintos:

1. Qué dice la ley civil

Citamos el Código Civil Federal. Cada estado tiene su propio código civil, con reglas muy parecidas pero no idénticas: confirma con tu notaría.

2. ISR: cuándo está exenta la donación (LISR art. 93, fr. XXIII)

Para quien recibe, la donación es un ingreso por adquisición de bienes (LISR art. 130, fr. I). Pero la Ley del ISR exenta los donativos en estos casos:

Quién dona → quién recibe¿Exento de ISR?Condición o límite
Entre cónyugesSíSin límite de monto (inciso a)
Padres o abuelos → hijos o nietos (ascendientes a descendientes en línea recta)SíSin límite de monto (inciso a)
Hijos o nietos → padres o abuelos (descendientes a ascendientes en línea recta)Sí, condicionadoQue el ascendiente no enajene ni done el bien a otro descendiente en línea recta (inciso b)
Otras personas (hermanos, tíos, sobrinos, amigos, concubinos)Solo hasta un topeExento si el valor total de los donativos en el año no excede tres veces el salario mínimo general elevado al año; por el excedente se paga ISR (inciso c). La ley menciona el salario mínimo; si aplica la UMA está por confirmar con tu contador.
Espacio publicitario reservado (se mostrará como «Patrocinado»; por confirmar)

3. Impuesto local por adquisición de inmuebles según el estado

La exención del ISR no exime del impuesto local. Quien recibe una donación adquiere un inmueble, y la mayoría de los estados grava ese acto con su impuesto de adquisición o de traslado de dominio. Tasas, bases y beneficios cambian. Ejemplos:

4. Tabla de costos e impuestos

ConceptoQuién lo paga normalmenteMonto o regla
ISRDonatario (quien recibe)Exento en los supuestos del art. 93 fr. XXIII. Si no aplica: 20% provisional sobre el avalúo (art. 132), más el cálculo en la declaración anual.
Impuesto local por adquisición o traslado de dominioDonatarioSegún el estado o municipio: ver guías estatales
AvalúoSegún acuerdoHonorarios del perito valuador: por confirmar (cotiza). Ver Avalúo catastral.
Honorarios notariales más IVASegún acuerdoArancel estatal: por confirmar
Derechos del Registro Público y certificadosSegún acuerdoVer tu guía estatal

5. Paso a paso

  1. Define el tipo de donación. Puede ser pura, con reserva de usufructo (el donante sigue usando la casa de por vida) o con cargas. Revisa si conviene más donar, heredar por testamento o vender.
  2. Verifica el inmueble: escritura inscrita, certificado de libertad de gravamen y predial y agua al corriente.
  3. Acude a la notaría. Pide presupuesto desglosado y pregunta qué documentos acreditan el parentesco o el matrimonio para la exención (actas).
  4. Avalúo: la notaría lo solicita a un perito valuador autorizado para efectos fiscales.
  5. Firma de la escritura por donante y donatario. El donatario acepta en la misma escritura o en otra, en vida del donante.
  6. Pago de impuestos por la notaría (el impuesto local por adquisición y, si aplica, ISR) e inscripción en el Registro Público y catastro.
  7. Declaración anual: si el valor supera $600,000, el donatario lo informa aunque esté exento.

6. Requisitos habituales

7. Qué profesional lo hace

8. Advertencias y fraudes

Cuidado:

9. Preguntas frecuentes

¿Mi hijo paga ISR si le dono mi casa?

No, si es tu descendiente en línea recta (LISR art. 93 fr. XXIII inciso a). Si el valor supera $600,000, debe informarlo en su declaración anual (art. 90). El impuesto de adquisición local sí puede aplicar, según tu estado.

¿Y si dono a mi sobrino o a mi pareja sin casarnos?

No están en los incisos a ni b. Solo está exento el monto que no exceda tres veces el salario mínimo general elevado al año; el excedente paga ISR (inciso c). Confirma el cálculo con un contador.

¿Conviene donar o heredar?

Depende: la donación surte efectos de inmediato, la herencia hasta el fallecimiento. Los impuestos locales de herencia y donación pueden ser distintos. Por ejemplo, en CDMX hay supuestos de tasa 0% para herencias entre cónyuges y familiares de primer grado. Consulta con tu notaría.

¿Se puede revocar una donación?

Sí, en los casos previstos por el código civil: por ingratitud o por sobrevenir hijos al donante, con los plazos que fije tu código estatal (en el Código Civil Federal, cinco años para el supuesto de hijos y un año para ingratitud).

Compara cotizaciones antes de decidir

Cuéntanos tu caso de donación de inmuebles y pide 1, 2, 3 o 5 cotizaciones de profesionales de tu estado (Notario público, Abogado inmobiliario, Perito valuador (avalúo catastral / comercial)). Compara varias cotizaciones y elige con información: los precios cambian de un profesional a otro. La primera cotización es gratis; después, desde $29.80. Pide 3 cotizaciones por $99 (IVA incluido) y compara propuestas de notarías, valuadores, gestores u otros profesionales antes de decidir. Tú decides si contratas.

Solo compartimos tus datos si marcas la casilla de consentimiento. Escriturín selecciona a los profesionales que cotizan; puede incluir profesionales con los que tiene relación comercial o de colaboración. El precio final lo fija cada profesional.

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No es asesoría legal ni fiscal. Guía informativa actualizada el 2026-10-26. Los requisitos, derechos y plazos cambian por estado y municipio y pueden modificarse: confírmalos con la autoridad, tu notaría o un abogado antes de actuar. Lo que no pudimos verificar en una fuente oficial está marcado como por confirmar.

10. Fuentes oficiales